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| miércoles, 4 de noviembre de 2026 |
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Frigerio declaró emergencia agropecuaria en Entre Ríos
La medida rige desde el 1° de agosto hasta julio del año próximo e incluye beneficios impositivos para ganaderos y apicultores.
El gobernador de Entre Ríos, Rogelio Frigerio, firmó un decreto que declara el estado de desastre y emergencia agropecuaria en la provincia. La decisión es retroactiva al 1° de agosto y tendrá vigencia hasta julio del año que viene. Durante ese período, los productores afectados contarán con beneficios y facilidades impositivas.
El decreto alcanza a las explotaciones ganaderas y apícolas ubicadas en zonas de islas y anegadizos de los departamentos de La Paz, Paraná, Diamante, Victoria, Gualeguay e Islas del Ibicuy, todos sobre la ribera del río Paraná.
La medida se suma a otra anterior: el 29 de agosto, el gobierno entrerriano ya había declarado la emergencia hídrica en todo el territorio provincial, con el objetivo de prevenir los efectos del fenómeno El Niño y reducir los daños sobre la población, la infraestructura, los servicios esenciales y las actividades productivas.
Frigerio explicó que el fenómeno climático ya está afectando a productores de la zona de islas, en especial a quienes se dedican a la ganadería y la apicultura. "Nuestra responsabilidad es estar cerca, acompañarlos y darles herramientas concretas para que puedan atravesar este momento difícil", afirmó el mandatario. También señaló que no es posible exigirles a los productores el cumplimiento de las mismas obligaciones fiscales cuando una inundación les impide trabajar y producir.
En paralelo, Frigerio le encomendó a su ministro de Producción, Guillermo Bernaudo, que gestione ante el gobierno nacional de Javier Milei una declaración similar a nivel federal.
En términos concretos, el decreto instruye a la Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER) a diferir los vencimientos de anticipos del Impuesto Inmobiliario Rural y Sub Rural 2026 y 2027 hasta el 31 de enero de 2028. Además, se establece un plan especial de facilidades de pago en hasta tres cuotas mensuales consecutivas y sin interés, con primer vencimiento el 10 de marzo de 2028. También se condonan las multas e intereses por pagos realizados fuera de término.
Para los productores encuadrados en situación de desastre, se dispone la eximición del pago de los anticipos del Impuesto Inmobiliario Rural y Sub-Rural correspondientes al período de vigencia de la emergencia, entre agosto de 2026 y julio de 2027. El porcentaje de exención se determinará según el nivel de pérdida certificado.
Para acceder a los beneficios, los productores deben presentar una declaración jurada ante la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de Entre Ríos. El documento debe estar firmado por un profesional matriculado en ciencias agropecuarias y certificado por una entidad pública o privada representativa del sector. Con esa documentación, el Ministerio de Desarrollo Económico elaborará los certificados necesarios para acceder a los beneficios previstos en el decreto.
Frigerio remarcó que desde el inicio de su gestión trabajaron para anticiparse a las consecuencias de este tipo de fenómenos climáticos, con prioridad en cuidar a las familias entrerrianas, sostener la producción y proteger las fuentes de trabajo.
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