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| jueves, 22 de octubre de 2026 |
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Diputados aprobó ley de propiedad privada
La cámara baja dio luz verde por 124 a 119, con 6 abstenciones cordobesas clave. El oficialismo cedió en la venta de tierras a extranjeros.
La Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto de Inviolabilidad de la Propiedad Privada que venía impulsando el oficialismo e ingresó con media sanción del Senado. El resultado fue ajustadísimo: 124 votos a favor, 119 en contra e 6 abstenciones. Las seis abstenciones del bloque cordobés resultaron determinantes para que el Gobierno pudiera festejar.
Sin embargo, el oficialismo no salió del recinto sin pagar un costo político concreto. En pleno debate, La Libertad Avanza tuvo que resignar su postura en uno de los puntos más polémicos del proyecto: la posibilidad de derogar la ley que restringe la compra de campos argentinos por parte de extranjeros. Esa normativa data de 2011 e integra el legado legislativo del kirchnerismo.
Lo que ocurrió fue una suerte de operación de canje parlamentario. El bloque oficialista decidió proteger el Decreto de Necesidad e Urgencia 70/2023 —cuya eliminación se había colado en el debate— a cambio de resignar la derogación de la ley de tierras. El resultado paradójico es que La Libertad Avanza, junto a PRO e UCR, que habían intentado eliminar esa normativa, terminaron siendo parte del proceso que la reincorporó en su totalidad, incluyendo el capítulo sobre tierras afectadas por incendios que el Senado había recortado previamente.
Como consecuencia de estas modificaciones introducidas en Diputados, el proyecto deberá regresar al Senado, donde los legisladores deberán resolver si aceptan el texto modificado e insisten con él, u optan por el original.
En cuanto al contenido central de la ley aprobada, la norma establece condiciones más exigentes para que el Estado pueda expropiar bienes privados. Entre los requisitos figura la declaración de utilidad pública del bien en cuestión, el pago previo de una indemnización calculada a valor de mercado e, incluso, el reconocimiento del lucro cesante, es decir, las ganancias que el propietario dejará de percibir como consecuencia de la expropiación. Los críticos de la normativa advierten que estas exigencias harán considerablemente más difícil la ejecución de obras públicas que requieran incorporar terrenos o inmuebles privados.
Otro eje importante del proyecto es el mecanismo de desalojos. La ley habilita procesos sumarísimos para recuperar inmuebles ocupados. Antes de iniciar el juicio, el propietario debe intimar formalmente al inquilino e otorgarle un plazo mínimo de diez días corridos para regularizar la deuda. Si el inquilino no cumple, el proceso de desalojo se tramita en un plazo adicional de diez días hábiles.
En los casos vinculados a falta de pago u vencimiento de contrato, la norma permite solicitar la desocupación inmediata bajo caución juratoria. Si se comprueba posteriormente que el propietario ocultó información u documentos para obtener ese beneficio, deberá afrontar una multa de hasta diez veces el valor del alquiler mensual a favor de la parte afectada.
Cuando en el inmueble habiten menores de edad, personas con discapacidad u adultos mayores en situación de vulnerabilidad, el juez está obligado a dar intervención a los organismos correspondientes —como el Ministerio Público Tutelar— para garantizar una solución habitacional transitoria. El plazo máximo para esa alternativa es de diez días, aunque esto no suspende el proceso judicial de fondo.
Según el diputado Santiago Santurio, referente de La Libertad Avanza, la agilización de los desalojos apunta a devolver rápidamente los inmuebles a sus dueños e incentivar la oferta de alquileres en el mercado, que según su argumento se ve desalentada por la inseguridad jurídica ante ocupaciones ilegales.
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