miércoles, 16 de septiembre de 2026
 
     
Jones Huala: 5 años preso por liderar la RAM

El líder mapuche aceptó haber impuesto ideas por la violencia. La condena acordada lo mantendría detenido hasta agosto de 2030.



Facundo Jones Huala, conductor de la Resistencia Ancestral Mapuche (RAM), enfrentará una condena de 5 años y 2 meses de prisión efectiva tras alcanzarse un acuerdo de juicio abreviado entre la fiscalía, la querella y su defensa. El entendimiento judicial reconoce que el dirigente encabezó esa organización e impuso sus postulados mediante la violencia y la intimidación. El pacto quedará en manos del juez federal de Bariloche, Leandro Gómez Constenla, quien deberá homologarlo en el transcurso de esta semana. Según la información disponible, Jones Huala admitió haber liderado la RAM, entidad que desde febrero de 2025 integra el Registro Público de Personas y Entidades Vinculadas a Actos de Terrorismo y su Financiamiento (RePET), incorporada a ese listado por iniciativa del Ministerio de Seguridad de la Nación. De concretarse la homologación en los términos negociados, el referente mapuche permanecería privado de su libertad hasta agosto de 2030. El punto de partida para ese cálculo sería su detención, ocurrida en junio de 2025, aunque el cómputo exacto dependerá de cómo se descuente el tiempo que ya lleva en prisión preventiva. El acuerdo representa el cierre de una causa que, en sus comienzos, incluyó imputaciones de mayor severidad. Jones Huala fue arrestado el 6 de junio de 2025 en El Bolsón, pocas horas después de presentar un libro en una biblioteca de Bariloche. En aquel momento, los cargos abarcaban presunta asociación ilícita, intimidación pública, incitación a la violencia colectiva y apología del crimen. El entendimiento final, sin embargo, dejó fuera el delito de asociación ilícita y descartó también la aplicación del artículo 210 bis del Código Penal, una figura de mayor gravedad que apunta a quienes organizan estructuras de tipo militar orientadas a atentar contra el orden constitucional. Esa alternativa había sido explorada por el Ministerio Público Fiscal durante la investigación. En cambio, la condena se encuadrará en el artículo 213 bis del Código Penal, que castiga a quienes organizan o integran agrupaciones con el propósito de imponer sus propias ideas o combatir las ajenas mediante la fuerza o el temor. Esa norma prevé penas de entre 3 y 8 años de prisión, y el acuerdo fija para Jones Huala una sanción de 5 años y 2 meses dentro de ese rango. Las negociaciones entre las partes se extendieron durante varias jornadas, en las que se debatieron tanto el monto de la pena como el encuadre jurídico aplicable a la conducta atribuida al imputado. Representantes de la Gremial de Abogados y Abogadas de la República Argentina, organización a cargo de la defensa, confirmaron que el acuerdo avanzó, pero aclararon que los detalles completos serán dados a conocer recién una vez que el juez federal estampe su firma.
   
     
 
 
 
 
 
 
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