miércoles, 9 de septiembre de 2026
 
     
Macri criticó el fallo que frenó la ley penal juvenil

El ex presidente calificó de inaceptable la cautelar que suspendió la norma en Buenos Aires. La Fiscalía de Lomas de Zamora ya apeló la medida.



El ex presidente Mauricio Macri salió con dureza a cuestionar la decisión judicial que dejó en suspenso la aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil en la provincia de Buenos Aires. El blanco de sus críticas fue la jueza Marta Pascual, titular del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N° 2 de Lomas de Zamora, quien el 7 de septiembre de 2026 ordenó la suspensión preventiva de la Ley 27.801 por un plazo de 60 días en todo el territorio bonaerense. Esa norma, sancionada por el Congreso Nacional y promulgada por el Poder Ejecutivo, establece en 14 años la edad de responsabilidad penal. La resolución de Pascual surgió en el marco de un hábeas corpus preventivo colectivo presentado por la Federación Familia Grande Hogar de Cristo. El líder del PRO publicó sus cuestionamientos en sus redes sociales y fue categórico: señaló que resulta inadmisible que un juzgado provincial haya logrado bloquear, mediante una medida cautelar, la vigencia de una ley nacional en el distrito más poblado del país y con mayores niveles de conflictividad delictiva. Para Macri, eso representa una alteración grave del equilibrio entre los tres poderes del Estado. Uno de sus argumentos más fuertes apuntó al razonamiento de la magistrada. Cuestionó que la propia sentencia admitiera que la intervención judicial se basaba en presunciones sobre violaciones de derechos que aún no habían ocurrido, sin que existieran elementos concretos incorporados al expediente que las respaldaran. Desde su perspectiva, el Poder Judicial no tiene atribuciones para ejercer un control preventivo y abstracto sobre las decisiones del Legislativo. Ese control de constitucionalidad, remarcó, solo puede activarse ante casos concretos y no de manera anticipada. En paralelo a las declaraciones del ex mandatario, el fiscal Hernán Cerutti, perteneciente a la Delegación del Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil de la Fiscalía General Departamental, presentó formalmente una apelación contra la cautelar y pidió que quede sin efecto mientras la Cámara de Apelación y Garantías analiza el caso. Desde el Ministerio Público sostienen que el fallo genera un daño institucional y jurídico de enorme gravedad, ya que extiende los efectos de una resolución judicial a todo el territorio provincial sin identificar ningún acto concreto, ilegal o arbitrario que hubiera afectado la libertad de algún adolescente en particular. En ese sentido, la apelación pone el foco en el uso del instituto del hábeas corpus. Según el artículo 405 del Código Procesal Penal bonaerense, esa herramienta está prevista para situaciones en las que existe una restricción real o inminente, ilegal o arbitraria, sobre la libertad de una persona. La Fiscalía señaló que ninguna de esas condiciones fue verificada: no se registró ningún joven detenido como consecuencia directa de la aplicación de la nueva ley, ni se identificó decisión policial, administrativa o judicial alguna que hubiera vulnerado ilegalmente la libertad de un menor. También se cuestionó la solidez empírica de la sentencia. Pascual había advertido que la incorporación de adolescentes de 14 y 15 años al sistema penal podría incrementar de manera significativa la cantidad de jóvenes alcanzados por ese régimen, y que la provincia debería contar previamente con la infraestructura edilicia y los recursos profesionales necesarios para garantizar sus derechos. Sin embargo, la Fiscalía objetó que esas afirmaciones no estuvieron respaldadas por datos precisos, y enumeró una serie de preguntas que la resolución dejó sin respuesta.
   
     
 
 
 
 
 
 
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