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| domingo, 6 de septiembre de 2026 |
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Río Negro legalizó la venta de carne silvestre
La provincia habilitó el procesamiento comercial de jabalí y guanaco, con cupos y zonas que se fijarán anualmente según la especie.
La Legislatura de Río Negro dio un paso significativo en materia de regulación alimentaria al aprobar una nueva ley de carnes que incluye, entre sus puntos más polémicos, la posibilidad de comercializar carne proveniente de fauna silvestre. El artículo que habilita esa opción fue el más debatido de la sesión y se aprobó con 25 votos a favor, 16 en contra y una abstención.
La norma abre la puerta a la comercialización de carne de jabalí, una especie exótica e invasora que genera problemas ecológicos en la región, y también de animales autóctonos como el guanaco. En todos los casos, la autoridad provincial deberá establecer cada año las especies permitidas, los períodos de veda, los cupos de extracción y las zonas habilitadas para operar.
El legislador Gustavo San Román, quien presentó e impulsó el proyecto, destacó que el esquema permitirá dotar de trazabilidad al jabalí y fomentar la producción artesanal. Sin embargo, varios legisladores de la oposición expresaron sus reservas, especialmente en torno a la posibilidad de incluir fauna nativa dentro del circuito comercial. Magdalena Odarda fue una de las voces más críticas y calificó la iniciativa como un retroceso en materia ambiental.
Los legisladores Luciano Delgado Sempé, Alejandra Mas, Fernando Frugoni y Fabián Pilquinao acompañaron el proyecto en términos generales, pero dejaron constancia de sus objeciones sobre ese artículo en particular. Frugoni fue más lejos y planteó directamente que las especies nativas debían quedar fuera del régimen comercial, advirtiendo que votaría en contra si el texto no se acotaba a la fauna exótica.
Desde el bloque oficialista, Soraya Yauhar defendió el artículo cuestionado y sostuvo que cualquier faena de especies autóctonas quedará subordinada a los planes nacionales de manejo. Facundo López, titular del bloque Juntos Somos Río Negro, remarcó por su parte que la ley no altera el marco de protección vigente sobre la fauna silvestre.
En cuanto al contenido técnico, la norma establece que todos los productos alimenticios derivados de animales silvestres que se destinen al comercio deberán procesarse de manera obligatoria en plantas industriales o artesanales debidamente habilitadas. Además, queda prohibida la comercialización de carne proveniente de animales cazados con perros o mediante métodos que provoquen sufrimiento excesivo, deterioro de la pieza o contaminación biológica.
Cuando los animales no sean trasladados con vida hasta la planta procesadora, deberán llegar ya desangrados y eviscerados. Una vez en el establecimiento, se deberán realizar las tareas de cuereado, higienización, enfriamiento y control sanitario antes de avanzar con el procesamiento.
Otro aspecto relevante de la ley es la regulación del autoconsumo rural, una demanda histórica de los productores del interior que hasta ahora carecía de un marco legal claro. La norma permite que productores debidamente registrados soliciten autorización para trasladar productos de origen animal destinados exclusivamente al consumo propio, sin fines comerciales. San Román precisó que esto aplica principalmente al traslado de carne vacuna y ovina.
Para realizar ese traslado, será obligatorio contar con una guía de tránsito no comercial que indique el establecimiento de origen y destino, la especie, el tipo y la cantidad de producto, la fecha y el vehículo. También deberá presentarse el cuero con la marca o señal del animal para acreditar su propiedad. El traslado no podrá extenderse más allá de las 48 horas desde la emisión del documento y deberá validarse en el primer puesto caminero policial o sanitario del trayecto.
La ley reemplaza la normativa anterior y reorganiza el sistema de habilitación, registro, fiscalización y control sanitario de todos los establecimientos y medios de transporte vinculados con la producción, elaboración y comercialización de productos de origen animal. Además, clasifica los establecimientos según su escala y distingue entre el tránsito provincial y el municipal.
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