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| viernes, 28 de agosto de 2026 |
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STJ anuló la suspensión del intendente de Allen
El máximo tribunal de Río Negro declaró incompetente al Concejo Deliberante para apartar al jefe comunal libertario investigado por fraude.
El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro revocó la suspensión preventiva que pesaba sobre Marcelo Román, intendente del municipio de Allen, quien había sido apartado de su cargo por el Concejo Deliberante mientras enfrenta una investigación penal por presunta administración fraudulenta. El fallo declaró la nulidad de las ordenanzas que habían dispuesto ese apartamiento y determinó que el cuerpo legislativo local excedió sus atribuciones al tomar esa decisión.
El nudo del conflicto estuvo en la interpretación del artículo 109 de la Carta Orgánica Municipal, que regula las condiciones bajo las cuales puede suspenderse a una autoridad comunal. Esa norma establece que, ante la imputación de un delito, la suspensión procede si el tribunal competente resuelve procesar al funcionario. El Concejo consideró que la actual formulación de cargos penales era equivalente al antiguo procesamiento y que, por lo tanto, estaba habilitado para actuar. El intendente rechazó esa lectura y llevó el planteo ante la máxima instancia judicial provincial.
El STJ le dio la razón a Román. En su resolución, el tribunal explicó que el artículo 109 exige la concurrencia de dos condiciones: la imputación de un delito y la decisión del tribunal de procesar al acusado. La conjunción que une ambos requisitos no permite elegir entre uno u otro: deben darse los dos de manera simultánea. Sobre esa base, declaró que el Concejo Deliberante era incompetente para disponer la suspensión en los términos en que lo hizo y anuló las ordenanzas 044/2026 y 045/2026, junto con todos los actos administrativos que se derivaron de ellas.
El fallo también analizó en profundidad las diferencias entre el viejo Código Procesal Penal y el sistema acusatorio que rige actualmente en Río Negro. El tribunal señaló que la legislación vigente instauró un modelo de naturaleza acusatoria, adversarial y predominantemente oral, estructurado sobre bases sustancialmente distintas a las del régimen anterior. Por eso, concluyó que no es válido trasladar de manera automática las categorías jurídicas de un sistema al otro, como pretendía el Concejo al equiparar la formulación de cargos con el procesamiento.
Román había dejado su cargo en julio del año pasado, tras la resolución del cuerpo legislativo. En su lugar asumió de forma interina Fabián Figueroa, quien hasta entonces presidía el propio Concejo Deliberante. Aunque el intendente se identificaba públicamente como el único representante de La Libertad Avanza al frente de un municipio en la provincia, las sospechas sobre su gestión lo fueron alejando del respaldo político de su propio espacio, que terminó por desvincularse de él.
En el plano judicial, Román está acusado de haber administrado de manera irregular las finanzas del municipio, con maniobras que habrían causado perjuicio a las arcas comunales. La causa también involucra a un empresario identificado como Sebastián Ocampo, a quien los fiscales señalan como partícipe necesario en las operaciones investigadas. El proceso continúa su curso y todavía no hay una sentencia definitiva.
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