viernes, 21 de agosto de 2026
 
     
El RENAR fue reorganizado y sumó nuevas funciones

Un decreto oficial restructuró el organigrama del organismo y le dio participación activa en investigaciones penales vinculadas a armas.



El Poder Ejecutivo nacional reorganizó el Registro Nacional de Armas, conocido como RENAR, mediante el decreto 770/2026. La norma redefine los objetivos del organismo, actualiza su estructura interna y amplía su rol en investigaciones criminales relacionadas con armamento y explosivos. El texto, que quedó plasmado en el Boletín Oficial este viernes, detalla con precisión las funciones específicas que tendrá el organismo, cómo quedará conformado su organigrama y de qué manera intervendrá en causas penales. Entre las principales atribuciones, el decreto establece que el RENAR tendrá a su cargo el registro, la autorización, el control y la fiscalización de todo lo relacionado con la fabricación, comercialización, tenencia, portación, importación, exportación y destrucción de armas de fuego, municiones, pólvoras, explosivos y materiales similares. La única excepción contemplada es el armamento perteneciente a las Fuerzas Armadas, que queda fuera de su jurisdicción. En términos prácticos, esto significa que el organismo tendrá competencia sobre todos los materiales controlados que se encuentren en manos de civiles y de las fuerzas de seguridad. También estará a cargo del Banco Nacional de Materiales Controlados y de su red de depósitos, donde se almacenan armas, municiones y otras sustancias que posteriormente serán destruidas. Más allá del registro y la fiscalización, el decreto le otorga al RENAR un papel activo en la prevención de la violencia armada y en la lucha contra el tráfico ilícito de armas. El organismo deberá participar en campañas de concientización pública, colaborar en investigaciones por delitos vinculados a armas y explosivos, y llevar adelante operativos e inspecciones en todo el territorio nacional. Además, tendrá la obligación de producir estadísticas periódicas sobre hechos y actividades relacionadas con el uso de armas, información que deberá compartir con los organismos responsables de diseñar estrategias contra el tráfico ilegal. En cuanto a la conducción, el RENAR estará encabezado por un director ejecutivo con rango equivalente al de secretario, secundado por un subdirector ejecutivo con rango de subsecretario. Ambos cargos serán designados directamente por el Poder Ejecutivo. El decreto aprueba la estructura de primer y segundo nivel operativo, aunque autoriza al titular del Ministerio de Seguridad a introducir modificaciones en el segundo nivel sin necesidad de incrementar unidades organizativas ni partidas presupuestarias, siempre que cuente con el aval previo de la Dirección Nacional de Diseño Organizacional. La norma también ajusta los cargos del ministerio que conduce Alejandra Monteoliva dentro del Sistema Nacional de Empleo Público, con incorporaciones, derogaciones y homologaciones que no implican un aumento en la cantidad de unidades ni en el presupuesto. El decreto elimina además dos objetivos que estaban vigentes desde 2019: el punto 12 de la Secretaría de Seguridad Nacional y el punto 11 de la Subsecretaría de Intervención Federal. Ambos se superponían con las competencias propias del RENAR, y su supresión apunta a eliminar esas duplicaciones dentro del organigrama ministerial. Asimismo, la norma deroga una decisión administrativa y una resolución del año 2016 que habían aprobado la estructura del anterior organismo descentralizado, la ANMaC. Con este paso, se cierra formalmente ese ciclo institucional y el RENAR queda consolidado como el único marco normativo vigente para el control de materiales regulados en el país. En línea con esta modernización, una resolución publicada días atrás estableció la plataforma de Trámites a Distancia como el único canal válido para que los usuarios de explosivos, nitrato de amonio, pirotecnia y otras sustancias controladas realicen sus trámites de inscripción o reinscripción. Esta medida digitaliza por completo un procedimiento que hasta ahora podía hacerse en soporte papel, sin modificar los requisitos técnicos, jurídicos ni de seguridad exigidos.
   
     
 
 
 
 
 
 
VER ARCHIVO DE NOTAS