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| viernes, 21 de agosto de 2026 |
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La Corte frena la reelección eterna de Insfrán
El máximo tribunal asumió competencia originaria en una causa que cuestiona la reforma constitucional formoseña que le permitiría gobernar hasta 2031.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación decidió intervenir directamente en el conflicto político-judicial que sacude a la provincia de Formosa en torno a la posibilidad de que el gobernador Gildo Insfrán vuelva a presentarse como candidato para el período 2027-2031. El máximo tribunal declaró su competencia originaria y tomó el control de la causa impulsada por la Confederación Frente Amplio Formoseño, que busca que se declare inconstitucional una cláusula incorporada en la última reforma de la Constitución provincial.
La demanda fue presentada por Agostina Villaggi y Rodolfo Basques, en representación de esa coalición opositora formoseña. En el escrito, solicitan que se anule la llamada Cláusula Transitoria Cuarta de la Constitución de Formosa, una norma que habilitaría nada menos que la novena candidatura de Insfrán como gobernador y una tercera postulación de Eber Solís como vicegobernador o gobernador. Según los demandantes, esta disposición viola los artículos 1, 5 y 123 de la Constitución Nacional, así como el artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos.
La resolución de la Corte lleva las firmas de los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, y remite expresamente a un fallo anterior del propio tribunal, dictado el 19 de diciembre de 2024. En aquella ocasión, ante una demanda de la misma agrupación opositora, la Corte ya había declarado inconstitucional el artículo 132 de la Constitución formoseña, que permitía la reelección indefinida del gobernador. En ese precedente, el tribunal sostuvo que una reelección sin límites no representa la máxima expresión de la voluntad popular, sino que le permite al mandatario en ejercicio acumular ventajas que distorsionan la competencia electoral.
Tras aquel fallo, la provincia de Formosa convocó a una convención constituyente que, formalmente, estableció un límite de una sola reelección para gobernador y vicegobernador. Sin embargo, la misma reforma incluyó una cláusula transitoria que dispuso que el mandato en curso al momento de sancionarse la reforma sería considerado el primer mandato. Para la oposición, esa redacción equivale a resetear el contador de mandatos de Insfrán, lo que le abriría la puerta para competir una vez más en 2027.
Villaggi y Basques sostienen que se trata de una maniobra deliberada del actual gobernador para eludir el fallo de la Corte y perpetuarse en el poder. Argumentan que la cláusula cuestionada vulnera el principio republicano de gobierno y el principio de alternancia, pilares fundamentales del sistema democrático. El daño, según el planteo judicial, no es solo para Formosa sino para el conjunto del ordenamiento constitucional argentino.
Con la declaración de competencia originaria, la Corte Suprema ordenó correr traslado de la demanda a la provincia de Formosa por un plazo de 60 días, tiempo en el que las autoridades provinciales deberán presentar su defensa ante el máximo tribunal del país.
El conflicto tiene una larga historia. Gildo Insfrán gobierna Formosa de manera ininterrumpida desde 1995, lo que lo convierte en el mandatario con mayor antigüedad en el cargo de toda la Argentina. Su continuidad al frente de la provincia ha sido objeto de múltiples cuestionamientos judiciales y políticos a lo largo de los años. El nuevo capítulo que ahora se abre ante la Corte podría definir de manera definitiva si el gobernador tiene o no habilitación constitucional para seguir en el poder más allá de su mandato actual.
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