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| miércoles, 12 de agosto de 2026 |
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Salud pública: quién paga y quién no
La nueva norma obliga a extranjeros sin residencia permanente a abonar atención médica, incluso a quienes tramitan su documentación.
El Gobierno nacional determinó que los extranjeros que no cuenten con residencia permanente en Argentina deberán solventar los costos de atención en hospitales públicos. La medida, que ya entró en vigor, incluye a turistas y también a quienes se encuentran en pleno proceso de regularización migratoria, es decir, aquellos que poseen residencia precaria pero todavía no completaron los trámites para obtener la residencia definitiva. La cartera de Salud confirmó que la resolución modifica el esquema de gratuidad que históricamente caracterizó al sistema sanitario argentino.
El cambio abarca tanto emergencias médicas como consultas programadas. Esto generó incertidumbre entre quienes ya residen y trabajan en el país pero todavía no finalizaron su proceso migratorio. En la práctica, una persona puede vivir años en Argentina, tributar y desenvolverse laboralmente sin acceder a la atención gratuita hasta obtener el documento de residencia permanente.
Roberto Aruj, director del Instituto de Políticas de Migraciones y Asilo de la Universidad Nacional de Tres de Febrero, advirtió que este tipo de disposiciones resultan perjudiciales para un país con una larga tradición de apertura migratoria como la Argentina. Señaló que existe desde 2003 una ley de migraciones que garantiza derechos plenos a los extranjeros que desean radicarse en el territorio nacional, reglamentada en 2010.
Aruj explicó que el camino hacia la residencia permanente exige al menos dos años de permanencia en el país. Durante ese período, la persona cuenta únicamente con un documento de residencia precaria, y solo al vencimiento de ese plazo puede iniciar los trámites para solicitar la ciudadanía. Es justamente en esa etapa donde la nueva medida genera mayor impacto.
El especialista comparó la situación con otros países donde la salud y la educación son públicas, señalando que en esos casos la legislación habitualmente otorga cobertura a quienes residen, trabajan y pagan impuestos, independientemente de si están en proceso de regularización o no.
Las zonas de frontera presentan una complejidad adicional. Allí la circulación entre países es constante y cotidiana, lo que puede generar situaciones donde ciudadanos extranjeros crucen para recibir atención médica en territorio argentino. Algunas provincias norteñas, como Salta, ya venían aplicando cobros a extranjeros en sus hospitales. En ese contexto, el argumento de la reciprocidad también apareció en el debate, dado que ciudadanos argentinos refirieron haber debido abonar atención médica en países vecinos.
Sin embargo, Aruj cuestionó el sustento real de la medida y consideró que responde más a presiones políticas que a una problemática concreta y cuantificable. Subrayó que no existen evidencias ni datos que demuestren un flujo significativo de personas que viajan hacia Argentina con el único propósito de atenderse en el sistema público de salud. A su criterio, el porcentaje de extranjeros que utilizan los hospitales en esas condiciones no representa un volumen relevante.
El especialista también alertó sobre el efecto de la norma en familias transnacionales que habitan y trabajan en ambos lados de la frontera y se desplazan diariamente entre países. Para estos grupos, las consecuencias pueden ser especialmente gravosas.
Finalmente, Aruj cuestionó el mecanismo utilizado para implementar estas restricciones, al considerar que modifican derechos fundamentales mediante decretos en lugar de debatirse en el Congreso Nacional. Sostuvo que este tipo de medidas suelen funcionar como herramienta para trasladar la responsabilidad de problemas estructurales hacia sectores vulnerables de la población.
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